Primera conferencia.
- ¿Qué es un centro CAES? Características de este tipo de centro: alumnado, profesorado, dotaciones.
Un centro CAES es un centro de
acción educativa especial.
Los alumnos que acuden a este
centro son alumnos que presentan dificultades de intervención escolar por
encontrarse en situación desfavorable, derivadas de circunstancias sociales,
económicas, culturales, étnicas o personales.
Esto puede deberse a:
-
Incorporación tardía al sistema educativo
-
Retraso en la escolarización o desconocimiento de la
lengua de su entorno por ser inmigrante
-
Pertenecer a minorías étnicas, por problemas familiares
o por abandonos educativos reiterados o periódicos.
-
Residencia en zonas social, cultural o económicamente
desfavorecidas.
-
Internamiento en hospitales o en hospitalización
domiciliaria de larga duración.
El objetivo de estos centros es
desarrollar las actuaciones que permitan prevenir y compensar las desigualdades
educativas con el fin de que los alumnos/as con necesidades puedan hacer
efectivo el principio de igualdad.
El profesorado del centro tendrá
que comportarse siguiendo una serie de pautas que son:
-
Facilitar la integración social y educativa de todo el
alumnado
-
Favorecer la educación intercultural del alumnado.
-
Potenciar la participación y prevenir situaciones de
conflicto
-
Y sobre todo el profesor se adaptará a las necesidades
educativas de cada niño.
·
¿Qué es un centro de compensatoria?
Características de estos centros y diferencias con respecto a un centro CAES
Los centros de Educación compensatoria
están destinados a garantizar el acceso, la permanencia y la promoción del
sistema educativo del alumnado en situación de desventaja social, procedentes
de minorías étnicas, de colectivos de inmigrantes, así como de familias con
graves dificultades socioeconómicas.
En este centro se desarrollarán
actuaciones de compensación educativa encaminadas a garantizar la
escolarización en condiciones de igualdad de oportunidades.
Para atender a los alumnos/as que
se encentran dentro del Programa de Educación Compensatoria en los centros de
primaria y secundaria, la administración dotará a los centros que escolaricen a
un número suficientes de alumnos con necesidades de compensación educativa de
profesores de apoyo y recursos materiales.
La atención al alumnado con
necesidades de compensación educativa es responsabilidad de todo el equipo
docente.
La diferencia es que los centros
ubicados en un barrio de acción preferente o que escolaricen alumnado con
necesidades de compensación educativa en un porcentaje igual o superior al 30%
del total del centro, se consideran Centros de Acción Educativa Singular (CAES)
a diferencia de los centros docentes que escolaricen entre un 20% y un 30% de
este alumnado o etapa correspondiente, desarrollarán un programa de compensación
educativa.
- Requisitos que debe cumplir un alumno para acudir a un centro CAES.
A este tipo de centros acude alumnado con
necesidades de compensación económica, que presenta dificultades de inserción
escolar por encontrarse en situación desfavorable, derivada de circunstancias
sociales, económicas, culturales, étnicas o personales.
- ¿Qué es un programa de absentismo escolar? Protocolo a seguir con los alumnos absentistas.
El programa de prevención de
absentismo escolar, es el encargado de la prevención, resolución y seguimiento
de los casos de absentismo escolar.
En cuanto al protocolo decir que
existen varios pasos:
a) El
tutor/a deberá mantener una entrevista con el/la menor para averiguar la causa
de su absentismo, pedirle justificantes e intentar encontrar una solución al
problema. Si este no soluciona el problema lo antes posible:
b) El
tutor/a se pondrá en contacto con la familia y exigirá su justificación. En el
caso de que persista el problema y no se justifiquen las faltas en un plazo de
dos días:
c) Comunicar
las faltas de asistencia a la familia por escrito, y se debe citar a los
padres. Se guardará una copia tanto de la comunicación como de la cita. En el
caso de que las faltas sean debidas a una enfermedad que le imposibilite la
asistencia durante un periodo de largo tiempo, será necesario pedir a los
padres un certificado médico que lo justifique explícitamente. Si no traen tal
certificado no se considerarán justificadas. En el caso de que ninguno de estos
pasos solucione el problema se deberá:
d) Derivar
a Jefatura de estudios a través de la hoja de notificación de Casos de
absentismo, donde se debe incluir además de el nombre del alumno y faltas de
asistencia, las actuaciones realizadas y la copia de la comunicación y citación
realizadas (imprescindible)
e) La
jefatura de estudios tras registrar el hecho, dará traslado del caso al
departamento de Orientación.
f) Las
actuaciones que debe realizar el departamento de orientación dependerá de las
causas del problema. En líneas generales son:
-Entrevista con el tutor/a
-Entrevista con el alumno/a
-Contacto telefónico con la
familia y/o citación a la familia por carta para tener una entrevista con los
padres
-Entrevista con los padres, donde
se les informará de la necesidad y obligatoriedad de la asistencia a clase
hasta los 16 años, se estudiarán las causas y se darán las orientaciones para
intentar solucionar el problema, pidiendo su colaboración, se les entregará una
declaración familiar sobre el conocimiento de la legislación en la que se
fundamenta la obligatoriedad de la enseñanza hasta los 16 años, que deberán
firmar.
Si se estima conveniente se
firmará una hoja con los acuerdos a los que han llegado y también se podrá
acordar tanto en la entrevista como en la comunicación telefónica en que el
alumno lleve una hoja de control de asistencia semanal en la que el profesorado
que le de clase deberá firmar la casilla correspondiente en cada hora que
asista y el alumno/a deberá enseñar a los padres todos los días y al
Departamento de orientación semanalmente para llevar su control. Esta última
medida se mantendrá hasta que se solucione el problema.
En el caso de que no acudan a la
cita, se les informará a través de una carta de la obligatoriedad de la
asistencia de su hijo a clase y de que acudan al centro para justificar sus
faltas de asistencia o se comunicará a la autoridad competente.
- En el caso de no poder
establecer comunicación con la familia de ninguna manera el caso se derivará al
Centro de Servicios Sociales.
- De no resolver el problema los
servicios sociales enviarán el expediente del alumno al Ministerio Fiscal
correspondiente.
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