Primera conferencia



Primera conferencia.

  • ¿Qué es un centro CAES? Características de este tipo de centro: alumnado, profesorado, dotaciones.

Un centro CAES es un centro de acción educativa especial.
Los alumnos que acuden a este centro son alumnos que presentan dificultades de intervención escolar por encontrarse en situación desfavorable, derivadas de circunstancias sociales, económicas, culturales, étnicas o personales.
Esto puede deberse a:
-          Incorporación tardía al sistema educativo
-          Retraso en la escolarización o desconocimiento de la lengua de su entorno por ser inmigrante
-          Pertenecer a minorías étnicas, por problemas familiares o por abandonos educativos reiterados o periódicos.
-          Residencia en zonas social, cultural o económicamente desfavorecidas.
-          Internamiento en hospitales o en hospitalización domiciliaria de larga duración.

El objetivo de estos centros es desarrollar las actuaciones que permitan prevenir y compensar las desigualdades educativas con el fin de que los alumnos/as con necesidades puedan hacer efectivo el principio de igualdad.



El profesorado del centro tendrá que comportarse siguiendo una serie de pautas que son:
-          Facilitar la integración social y educativa de todo el alumnado
-          Favorecer la educación intercultural del alumnado.
-          Potenciar la participación y prevenir situaciones de conflicto
-          Y sobre todo el profesor se adaptará a las necesidades educativas de cada niño.


·   ¿Qué es un centro de compensatoria? Características de estos centros y diferencias con respecto a un centro CAES

Los centros de Educación compensatoria están destinados a garantizar el acceso, la permanencia y la promoción del sistema educativo del alumnado en situación de desventaja social, procedentes de minorías étnicas, de colectivos de inmigrantes, así como de familias con graves dificultades socioeconómicas.
En este centro se desarrollarán actuaciones de compensación educativa encaminadas a garantizar la escolarización en condiciones de igualdad de oportunidades.
Para atender a los alumnos/as que se encentran dentro del Programa de Educación Compensatoria en los centros de primaria y secundaria, la administración dotará a los centros que escolaricen a un número suficientes de alumnos con necesidades de compensación educativa de profesores de apoyo y recursos materiales.

La atención al alumnado con necesidades de compensación educativa es responsabilidad de todo el equipo docente.

La diferencia es que los centros ubicados en un barrio de acción preferente o que escolaricen alumnado con necesidades de compensación educativa en un porcentaje igual o superior al 30% del total del centro, se consideran Centros de Acción Educativa Singular (CAES) a diferencia de los centros docentes que escolaricen entre un 20% y un 30% de este alumnado o etapa correspondiente, desarrollarán un programa de compensación educativa.

  • Requisitos que debe cumplir un alumno para acudir a un centro CAES.
A este tipo de centros acude alumnado con necesidades de compensación económica, que presenta dificultades de inserción escolar por encontrarse en situación desfavorable, derivada de circunstancias sociales, económicas, culturales, étnicas o personales.

  • ¿Qué es un programa de absentismo escolar? Protocolo a seguir con los alumnos absentistas.

El programa de prevención de absentismo escolar, es el encargado de la prevención, resolución y seguimiento de los casos de absentismo escolar.

En cuanto al protocolo decir que existen varios pasos:

a)      El tutor/a deberá mantener una entrevista con el/la menor para averiguar la causa de su absentismo, pedirle justificantes e intentar encontrar una solución al problema. Si este no soluciona el problema lo antes posible:
b)      El tutor/a se pondrá en contacto con la familia y exigirá su justificación. En el caso de que persista el problema y no se justifiquen las faltas en un plazo de dos días:
c)      Comunicar las faltas de asistencia a la familia por escrito, y se debe citar a los padres. Se guardará una copia tanto de la comunicación como de la cita. En el caso de que las faltas sean debidas a una enfermedad que le imposibilite la asistencia durante un periodo de largo tiempo, será necesario pedir a los padres un certificado médico que lo justifique explícitamente. Si no traen tal certificado no se considerarán justificadas. En el caso de que ninguno de estos pasos solucione el problema se deberá:
d)     Derivar a Jefatura de estudios a través de la hoja de notificación de Casos de absentismo, donde se debe incluir además de el nombre del alumno y faltas de asistencia, las actuaciones realizadas y la copia de la comunicación y citación realizadas (imprescindible)
e)      La jefatura de estudios tras registrar el hecho, dará traslado del caso al departamento de Orientación.
f)       Las actuaciones que debe realizar el departamento de orientación dependerá de las causas del problema. En líneas generales son:
-Entrevista con el tutor/a
-Entrevista con el alumno/a
-Contacto telefónico con la familia y/o citación a la familia por carta para tener una entrevista con los padres
-Entrevista con los padres, donde se les informará de la necesidad y obligatoriedad de la asistencia a clase hasta los 16 años, se estudiarán las causas y se darán las orientaciones para intentar solucionar el problema, pidiendo su colaboración, se les entregará una declaración familiar sobre el conocimiento de la legislación en la que se fundamenta la obligatoriedad de la enseñanza hasta los 16 años, que deberán firmar.
Si se estima conveniente se firmará una hoja con los acuerdos a los que han llegado y también se podrá acordar tanto en la entrevista como en la comunicación telefónica en que el alumno lleve una hoja de control de asistencia semanal en la que el profesorado que le de clase deberá firmar la casilla correspondiente en cada hora que asista y el alumno/a deberá enseñar a los padres todos los días y al Departamento de orientación semanalmente para llevar su control. Esta última medida se mantendrá hasta que se solucione el problema.
En el caso de que no acudan a la cita, se les informará a través de una carta de la obligatoriedad de la asistencia de su hijo a clase y de que acudan al centro para justificar sus faltas de asistencia o se comunicará a la autoridad competente.

- En el caso de no poder establecer comunicación con la familia de ninguna manera el caso se derivará al Centro de Servicios Sociales.

- De no resolver el problema los servicios sociales enviarán el expediente del alumno al Ministerio Fiscal correspondiente.





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